04 febrero 2019

Los abogados podrán tramitar telemáticamente en Cantabria declaraciones y deudas tributarias de sus clientes

La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el consejero de Economía, Hacienda y Empleo de Cantabria, Juan José Sota, han suscrito hoy un acuerdo para que los abogados y bufetes de cualquier lugar de España puedan presentar de forma telemática las declaraciones tributarias y pago de deudas con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria en representación de terceras personas.

Para la presentación telemática de declaraciones y pago de deudas tributarias de sus clientes, los abogados habrán de presentar en su Colegio de Abogados –que previamente debe estar adherido a este método de tramitación- una solicitud para la utilización del sistema de tramitación y pago telemático del Gobierno de Cantabria.

Además, para poder efectuar la tramitación telemática del pago de deudas tributarias, será requisito imprescindible para los abogados contar con un certificado electrónico reconocido de firma electrónica y ostentar y acreditar la representación suficiente de los obligados tributarios en cuyo nombre actúen.

El presente acuerdo, cuya vigencia es de cuatro años prorrogables, facilitará a los abogados centralizar las relaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Además, se establecerán cauces especiales de atención y se sentarán las bases para informatizar paulatinamente los modelos de impresos tributarios, disminuyendo de esta forma la carga de trabajo de los abogados.

Los trámites de los que se podrán beneficiar todos los abogados son los relacionados con el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, impuesto de Sucesiones y Donaciones, y el pago de cualquier tributo, precios públicos y otros ingresos del Gobierno de Cantabria, así como los correspondientes a las liquidaciones de tributos locales de los ayuntamientos cuya gestión este encomendada a la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

Comparte: